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EMPRESAS COLABORADORAS
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CICLOS FORMATIVOS

Sistema FP Dual

FP Dual

Con una actividad formativa desde 1947, somos el centro pionero en Formación Profesional en Málaga. Ofrecemos una amplia oferta de Ciclos Formativos en uno de los sectores con más potencia en el mercado nacional y con alta empleabilidad. Títulos oficiales para obtener trabajos cualificados, perfiles muy demandados por las empresas llenos de ventajas.

En IES La Rosaleda encontrarás los ciclos con más salidas profesionales, un sistema FP Dual tiene una enseñanza práctica para una completa formación.

Proceso de Acreditación de Colaboradores

FP Dual

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    • ¿Qué es un contrato en prácticas?
    • Un contrato de trabajo en prácticas es aquel dirigido a profesionales con una determinada formación que quieren un puesto de trabajo que les permita aprender el desarrollo del mismo. Su objetivo es que la persona contratada obtenga la práctica profesional adecuada a su nivel de estudios. Ahorra tiempo y dinero gestionando contratos y ausencias desde una sola plataforma.

    • Requisitos de la Empresa
    • Asignar al trabajador un puesto que le permita conseguir la práctica profesional adecuada a su nivel de estudios. La categoría profesional y las funciones del trabajo deberán adecuarse a la titulación. La relación entre la titulación y el puesto de trabajo no tiene que ser absoluta. Basta con que la práctica profesional permita al trabajador ejercer uno o varios de los conocimientos teóricos obtenidos en su titulación. Solicitar al trabajador la fotocopia del título que da derecho a celebrar el contrato de prácticas. No es posible contratar a un trabajador en prácticas cuando previamente haya desempañado el mismo puesto de trabajo para la misma empresa.

    • Formalización del contrato
    • El contrato deberá formalizarse por escrito y deberá constar: La titulación del trabajador. La duración del contrato. El puesto de trabajo a desempeñar durante las prácticas. Si se trata de un trabajo en remoto, se deberá hacer constar el lugar en el que se realice. En caso de tratarse de un contrato a tiempo parcial, también deberemos indicar las horas de trabajo al día, a la semana, al mes o al año y su distribución.

    • Período de prueba
    • El período de prueba no podrá ser superior a: 1 mes si la titulación del trabajador es de un grado medio o certificado de profesionalidad nivel 1 y 2. 2 meses si se trata de un grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3. Una vez formalizado el contrato, el empresario tiene la obligación de comunicarlo al Servicio Público de Empleo en el plazo máximo de 10 días hábiles. Cuando finalice el contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba, computándose la duración de las prácticas a efectos de antigüedad en la empresa.

    • Duración
    • El contrato no podrá tener una duración inferior a 6 meses, ni superior a 2 años. De hecho, ya hemos visto más arriba que un mismo trabajador no podrá estar contratado más de 2 años con la misma titulación. Eso sí, hay que tener en cuenta que las bajas, sea por el motivo que sea, interrumpen el cómputo de la duración del contrato.

    • Jornada
    • Es indiferente si la jornada es a tiempo completo o parcial.

    • Retribución
    • Es la fijada por los convenios colectivos para los trabajadores en prácticas. En el caso de que no se indique nada al respecto, el salario no podrá ser inferior al 60% durante el primer año y al 75% durante el segundo año del salario fijado para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. Y, lógicamente, en ningún caso podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional. En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, el salario se reducirá en función de la jornada pactada.

    • Bonificaciones para las empresas
    • Las empresas que contraten trabajadores de prácticas tendrán una serie de beneficios: Si el contrato en prácticas se convierte en indefinido la empresa podrá beneficiarse de una bonificación de 500 euros anuales durante 3 años en el caso de los hombres y de 700 euros en el caso de mujeres, que se descontarán de la cuota a la Seguridad Social. Realmente las ventajas son muy superiores a los inconvenientes. Aunque la empresa debe tener claro que el objetivo del contrato es complementar la formación teórica obtenida en la titulación que da opción a formalizar este tipo de contrato. El perfil profesional de este trabajador será de aprendiz y, por lo tanto, necesitará apoyo, en ningún caso sus labores pueden sustituir las de un puesto de un perfil superior.